COSUIZA-0007

Cosuiza-0007

ArchivoBCUL
ReferenciaFondo Carlos de Goyeneche y Silvela, marqués de Balbueno, IS 5318/1/3/23, ff. 1r-4v
Fecha1771 abril 13
LugarMadrid
ResumenCarta de Don Pedro Núñez de Amezaga, secretario de única contribución, al marqués de Alcañices, en la que le ofrece algunas aclaraciones sobre el reparto de los despoblados de Villafeliz y Villaster

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Excelentisimo señor Villafeliz 1771 Aviendo dado cuenta al Consejo de Hacienda en Sala de Unica Contribucion del Memorial de Vuestra Excelencia y documentos que le acompañan, manifestando el excesivo repartimiento, que se havia señalado por la Contaduria Principal de la Provincia de Toro à los Despoblados de Villaestèr, y Villafeliz de aquella comprehension, pertenecientes à Vuestra Excelencia en el concepto de haverse repartido al primero la contribucion annual de 61 ducados 006 reales y 29 maravedis siendo el producto liquido de sus valores de 22 ducados 731. reales 13. maravedis y al segundo la dee 30 ducados 986. reales produciendo sus rentas 11 ducados 015. reales y 16 maravedis y solicitando Vuestra Excelencia se proceda à nuevos repartimientos con respecto à sus verdaderos valores: acordado manifieste à Vuestra Excelencia que haviendo examinado el repartimiento general formado por la contaduria Principal de la Provincia de Toro de la contribucion que corresponde satisfacer à los Pueblos de su comprehension, resulta que al Despoblado de Villaester, le ha tocado la de 3 ducados 974 reales y 26. maravedis segun sus fondos averiguados en las primeras diligencias que se practicaron en virtud del Decreto de Su Magestad del año de 1749. que ascienden à 61 ducados 761 reales y al de Villafeliz la Contribucion de 1 ducado 994 reales y 6 maravedis al año, correspondientes à sus fondos de 30 ducados 986. reales por donde reconocerà Vuestra Excelencia la equivocacion que se ha padecido, conceptuando las cantidades repartidas à sus dos Despoblados por los fondos de ellos: Y de acuerdo del Consejo se lo aviso à Vuestra Excelencia para su inteligencia, y que se sirva dar la providencia correspondiente, para que se hagan los repartimientos de los dos Despoblados de las cantidades respectivas señaladas por la referida Contaduria, conforme à lo resuelto por Su Magestad en sus Reales Decretos, è Ynstruccion de 4 de Julio del año proximo pasado: Y que en caso de que Vuestra Excelencia tenga motivo para hacer recurso por la Contribucion señalada à los dos Despoblados, podrà Vuestra Excelencia executarle a su tiempo con arreglo al Capitulo 96. de ella. Nuestro señor guarde a Vuestra Excelencia muchos años como deseo. Madrid 13. de Abril de 1771. Pedro Nuñez de Amezaga
Señor Marques de Alcañizes, conde de Grajal.
Madrid 13 de Abril de 1771. Don Pedro Nuñez de Amezaga Secretario de Vnica Contribuzion Respondida en de Mayo ay dentro Copia

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