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Doña Ynes Peraza su muger los quales dieron a hernan Peraza su hijo las Yslas de la Gomera y el Hierro: y el derecho que el, y el Conde de la Gomera, su hijo y despues de sus subcesores hasta oy es el quinto de lo que se coje en la Tierra al Tiempo que se carga, y saca de ella cada cinco cosas vna, y esto por el derecho de los dichos Doña Ynés y su marido que es lo mismo que en Lanzarote y fuerte Ventura. Este quinto que los Vecinos de la Ysla pagan de los frutos que en ella secogen es porque los señores les han dado las tierras, fuentes Maretas, sitios, solares, Dehesas, Vegas y todos los demás aprouechamientos delas Yslas sin ymposicion de pecho, ni derecho, ni Tributo, ni Alcauala ni otro interés ninguno sino solo el quinto de lo que cargaren y se sacare para fuera de la Tierra que de lo que en latierra segasta compra y Vende para en la propia y de todas las Mercaderias y prouisiones y de qualesquiera cosas de qualquier calidad y cantidad quesean no se deuen derecho algunos de la entrada ni salida si lo quisieren sacar. Y assi parece claro el derecho del quinto auer sido mui moderado, y hecho y dado en gran fauor de los Vecinos pues se pudiera de pronto hacer ymposicion, Tributo, impleteoitico ô otras mas graues ymposiciones que conforme â derecho son licitas y honestas y se pueden mui bien lleuar. Sacó el Lizenciado Palacios juez del rexistro de las Yndias de las Yslas de gran Canaria por el Rey nuestro señor en ella â 28 de julio de 1493 años de los Papeles que dejó el dicho Licenciado Vetancort.

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