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Doña Ynes Peraza su muger los quales dieron
a hernan Peraza su hijo las Yslas de la Gomera
y el Hierro: y el derecho que el, y el Con
de de la Gomera, su hijo y despues de sus sub
cesores hasta oy es el quinto de lo que se coje
en la Tierra al Tiempo que se carga, y saca
de ella cada cinco cosas vna, y esto por el derecho
de los dichos Doña Ynés y su marido que es lo
mismo que en Lanzarote y fuerte Ventura.
Este quinto que los Vecinos de la Ysla pagan
de los frutos que en ella secogen es porque los
señores les han dado las tierras, fuentes
Maretas, sitios, solares, Dehesas, Vegas y to
dos los demás aprouechamientos delas Yslas
sin ymposicion de pecho, ni derecho, ni Tri
buto, ni Alcauala ni otro interés ninguno
sino solo el quinto de lo que cargaren y se saca
re para fuera de la Tierra que de lo que en
latierra segasta compra y Vende para en la pro
pia y de todas las Mercaderias y prouisiones
y de qualesquiera cosas de qualquier calidad
y cantidad quesean no se deuen derecho algunos
de la entrada ni salida si lo quisieren sacar.
Y assi parece claro el derecho del quinto auer
sido mui moderado, y hecho y dado en gran
fauor de los Vecinos pues se pudiera de pronto
hacer ymposicion, Tributo, impleteoitico ô otras
mas graues ymposiciones que conforme â derecho
son licitas y honestas y se pueden mui bien lleuar.
Sacó el Lizenciado Palacios juez del rexistro de
las Yndias de las Yslas de gran Canaria
por el Rey nuestro señor en ella â 28 de julio
de 1493 años de los Papeles que dejó el dicho
Licenciado Vetancort.
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