RAE_54_Malpica_2_Page_376

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LIBER DECIMUS partir entre los godos e los romanos: si el godo o el romano toma end alguna partida e por uentura fiziere hi alguna lauor: mandamos que si fica otra tanta de tierra en que se pueda entregar el otro: deue se entregar en ello. e si non ficare en que se entregue: partan aquella tierra labrada. Que aquello que faz el sieruo sin mandado de su sennor non deue ualer. si non quanto manda la ley .xª. ley Lo que parte el sieruo o lo que faze sin mandado de su sennor o contra ley: non deue seer estable si el sennor non quisiere si non quanto manda la ley∴ Que aquel que toma heredad a plazo deue guardar el plazo .xiª. Las tierras que son dadas por cierta renda: el que las toma pague la renda al sennor. cada uno cuemol conuiene. ca non deue quebrantar el plazo. e si la renda non pagar cada anno: el sennor puede tomar su tierra quita mientre. que aquel la pierda por su culpa. que non quiere pagar lo que prometio∴ De las heredades que son dadas a plazo fasta cierto tiempo .xijª. ley. Si algun omne da su tier ra a plazo cierto por escripto. assi que desde aquel tiempo adelantre que tome la tierra quando quisiere: passado el plazo le deue entre gar su tierra assi cuemo gelo prometio∴ Si aquel que toma la heredad a plazo estiende su lauor mas que non deue .xiijª. ley. Qvien toma tierra a plazo: non deue mas

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