RAE_54_Malpica_2_Page_438

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LIBER DUODECIMUS yan les las cabeças. Mas los sieruos xpistianos que retouieren los iudios consigo a contra dela ley por que ellos non descubrieron su ley e cuemo eran xpistianos en comedio del plazo sennalado: de los el rey a quien quisiere que sean sieruos en todas sus uidas∴ De la connocencia de los iudios e en qual manera deuen escriuir la sennal de su connocencia esus yuras con todos aquellos que uienen a la fe .xiiijª. yo fulan fijo de fulan niego e desmiento todas las leyes elas costumbres e las constituciones delos iudios en todas maneras quanto es de sus fiestas e sus costumbres esus cosas que guardan e curan. e todo quanto que era obligado de su ley e creiya de su fe. assi que no me torne mas desagora a nenguna de sus costumbres ni de sus fiestas nin de su ley. nin cobdicie nenguna daquellas constituciones. ni las diga por la boca. ni las faga de fecho ni las tenga en el coraçon. e descreo todo quanto los de la ley de xpisto descreen. e todo quanto niegan e desmienten. E creo en un dios padre poderoso sobre toda cosa criador del cielo ede la tierra. edelas cosas que son iustas ede las non iustas. e criador de las cosas sentidas e de las non sentidas. e en el un sennor ihsu xpisto fijo de dios un engendrado que fue nacido del padre ante que todos los sieglos. dios de dios. lumbre de lumbre. dios uerdadero de dios uerdadero nacido non criado. que es una substancia con el padre. por el qual son criadas todas las cosas quantas en el cielo son

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