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TITULUS: PRIMUS: que fizo por penar los malfechores. Hi ennademos con estas las otras leyes que nos fiziemos con los obispos de dios. econ todos los mayo res de nuestra corte. econ el otorgamiento del pueblo. epor el ensennamiento de dios. assi que aquellas leyes que auemos fechas elas que faremos por otros nueuos pleytos: mandamos que ualan eque sean firmes por siempre. Esta ley fue fecha en el octauo concilio de toledo∴ De toller la cobdicia delos principes cuemo deuen seer fechos los escriptos en su nombre delos principes .vª. El principe de la tierra o el sennor: estonce semeia que ama salud. elas cosas celestiales: quando a piedad de sus proximos. edeueles tener prouecho. Onde suele uenir que mayor pro gana dela salud delos otros que de la suya. ca quantos los omnes son mas: tanto mayor ganancia suele auenir dellos. Equando el espera dauer pro desi mismo sola mientre. nol semeia mucho de ganar bien fazer de si mismo que es un omne solo. E por esto deue mas aguardar la salud de tod el pueblo que dun omne sola mientre. Onde que el principe non semeie que ama la salud del pueblo sola mientre por palabra e non por fecho: deue catar lo quel ruega el pueblo. que estonce aya el prouecho del pueblo: quando entendieren que los oyen delo quel deman dan eque ielo otorga. Onde cuemo los principes ayan estado muy cobdiciosos de robar el pueblo en los tiempos que son passados. ede

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