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TITULUS PRIMUS:
mera mientre a fazer .xxjª.
El alcalde que bien quiere oyr
el pleyto: deue primera
mientre saber la uerdad de
las testimonias silas y
oui
ere en el pleyto o del escripto
si ouiere. e non deue uenir al
sacramento de las partes. ni
las deue coniurar liuiana
mientre. Ca esto semeia
ma
yor derecho que el escripto
uen
ga primera mientre por saber
la uerdad. e depues uenga
el iuramento si fuere menester.
E mandamos que en los
pley
tos sea dado el sacramento de
las partes quando non pudier
seer prouado por testigos nin
por escripto∴
El rey don flauio
recisindo. Del alcalde que
ha sospechosa alguna de
las partes .xxijª.
Si algun omne diz que a
sos
pechoso el alcalde o el
sennor dela cibdad osu
ui
cario. o otro alcalde e dize
que quiere responder ante su
al
calde o por uentura diz que su
alcalde mismo a sospechoso:
non deue seer el pleyto
mu
cho porlongado por tal
escu
sacion. e mayor mientre si
aquel que se querella es pobre. Mas
aquellos alcaldes que el dize que
a sospechosos: deuen
yud
gar el pleyto e oyr con el
obis
po de la cibdad elo que
yudga
ren metan lo en escripto.
E tod omne que dize que a el
al
calde sospechoso. si se quisiere
del querellar mas adelantre
pues que el pleyto fuere
aca
bado e complido: puede
a
pellar antel principe aquel
al
calde. E si al alcalde fuere
prouado o al obispo que yud
go tuerto. lo que mandaron
to
mar a aquel aquien lo yudga
ron: sea todo entregado.
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