RAE_54_Malpica_2_Page_134
RAE_54_Malpica_2_Page_134
Opciones de visualización
Texto: - Mostrar:
Javascript seems to be turned off, or there was a communication error. Turn on Javascript for more display options.
LIBER TERCIUS
anno .ij°. Si la mugier se
casa con su sieruo. o con el que
fue su sieruo y es
franquea
do .iij°. Si la mugier libre
casa con el sieruo ageno. o
el omne libre casa con sierua
agena .iiij°. Si la mugier
que fue sierua y es libre casa
con sieruo ageno. osi el omne
que fue sieruo y es libre casa
con sierua agena .v°. Si
al
guno casa su sierua con
sier
uo ageno. o su sieruo con
sierua agena .vi°. Si la
mugier casa con otro
mari
do quando el suyo non es en
la tierra .vij°. Si el sennor
casa sus sieruos. los que
di
zie que eran libres con
mugi
eres libres .viijª. Si la
mu
gier libre se casa sin
uolun
tad del padre con omne libre∴
Si la mugier se casa depues
de muerte de su marido:
ante que cumpla el anno .iª. ley
Si la mugier depues
de muerte del marido
se casa con otri ante que
cum
pla anno. o fizier adulterio
la meetad de todas sus
co
sas reciban los fijos della
e del primer marido. E si non
a fijos: los parientes mas
propinquos del marido
mu
erto: ayan la meetad. E por
esto queremos que aya la
mugi
er esta pena. que aquella aquien
el marido dexa prennada
quan
do se coyta mucho de se
ca
sar. o de fazer adulterio: que
non mate el parto ante que sea
nacido. Toda uia
manda
mos que aquellas mugieres
se
an sin pena desta ley. las
qua
les se casan ante del anno
complido por mandado del
Rey∴
Si la mugier se casa
con su sieruo o con el que fue
su sieruo y es
franquea
do .ijª. Ley.
Descargar XML • Descargar texto