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LIBER TERCIUS nar alas mugieres ealas mancebas. e dexan andar sus sieruos cuemo libres. e amonestan las mugieres que los prendan por maridos. por tal que los fijos que dende nacieren: que los pueda el sennor sus sieruos fazer. Onde por toller este enganno: establecemos en esta ley que tales engannos pues que fueren descubiertos: que sean desfamados por malos. e aquellos sieruos que ellos casaron de tal manera por li bres con tales mugieres: sean libres con sus fijos assi cuemo sus sennores los fazien ante libres. E la mugier puede auer todas las cosas quel fueron dadas e prometidas en las bodas. Si pudiere prouar que aquel marido lefue dado por libre. Mas si la mugier o sus parientes nolo pudieren prouar: el sennor del aya estos por sieruos. esus fijos etodas sus cosas. Eotro si esto mismo mandamos guardar en aquellos que casan sus sieruas: por tal enganno con omnes libres. Otro si deue seer guardada esta ley: en aquellos que fueron sieruos eson libres. los quales casaron con las sieruas agenas o con los sieruos∴ Si la mugier libre se casa sin uoluntad del padre con omne libre .viijª. Ley. Si la mugier libre si quisier casar con omne libre: el marido deue fablar pri mera mientre con su padre della. esi la pudier auer por mugier: de las arras al padre assi cuemo es de recho. E si la non pudier auer: finque la mugier en poder del padre. Esi ella casar

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