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LIBER TERCIUS
nar alas mugieres ealas
mancebas. e dexan andar
sus sieruos cuemo libres.
e amonestan las mugieres
que los prendan por maridos.
por tal que los fijos que dende
nacieren: que los pueda el
sen
nor sus sieruos fazer.
On
de por toller este enganno:
establecemos en esta ley que
tales engannos pues que
fueren descubiertos: que sean
desfamados por malos.
e aquellos sieruos que ellos
ca
saron de tal manera por li
bres con tales mugieres:
se
an libres con sus fijos assi
cuemo sus sennores los
fazien ante libres. E la
mu
gier puede auer todas las
cosas quel fueron dadas e
pro
metidas en las bodas. Si
pudiere prouar que aquel
mari
do lefue dado por libre. Mas
si la mugier o sus parientes
nolo pudieren prouar: el
sen
nor del aya estos por
sier
uos. esus fijos etodas sus
cosas. Eotro si esto mismo
mandamos guardar en
a
quellos que casan sus sieruas:
por tal enganno con omnes
li
bres. Otro si deue seer
guar
dada esta ley: en aquellos que
fueron sieruos eson libres.
los quales casaron con las
si
eruas agenas o con los
sier
uos∴
Si la mugier libre
se casa sin uoluntad del
pa
dre con omne libre .viijª. Ley.
Si la mugier libre si
quisi
er casar con omne libre:
el marido deue fablar pri
mera mientre con su padre
della. esi la pudier auer
por mugier: de las arras
al padre assi cuemo es de
recho. E si la non pudier
a
uer: finque la mugier en
po
der del padre. Esi ella casar
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