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TITULUS TERCIUS
ena de su padre∴
Si los
padres pueden sacar la
man
ceba de poder del que la leuo
forçada .ijª. Ley.
Si los padres sacan
la mugier de poder
daquel que la leuo por fuerça:
aquel forçador sea metido en
poder de los padres desta
mugier forçada. o en
po
der della misma. y ella non
se puede casar con el nunqua
mas. e si lo fizier: ambos
deuen morir. E si fuxieren al
Obispo o a la yglesia: sean
partidos. e dexen los ueuir.
esean sieruos de los padres
de la mugier que fue leuada
por fuerça. El Rey don flauio
rescindo fizo esta ley.
Si los
padres consienten a aquel que le
uo la manceba por fuerça
que era desposada con otro .iijª.
Si los padres consienten
a aquel que leuo la fija por
fuerça que era desposada con
otro: pechen al esposo en
qua
tro duplos quantol
prome
tieron con la esposa. E aquel
que la leuo por fuerça: sea
si
eruo del esposo el e toda
su buena∴
Si los
erma
nos concuerdan con aquel que
leuo su ermana por fuerça
en uida del padre. o
depu
es de su muerte .iiijª. ley.
Si los ermanos
con
sienten leuar su
erma
na por fuerça el padre uiuo.
o si lo saben. toda la pena
e tod el danno que deue auer
el forçador: todo lo deuen
auer los ermanos fueras
muerte. Mas si el padre es
muerto e los ermanos dan
su ermana a alguno que la
lieue por fuerça o lo
consien
ten que la lieuen. por quanto
la casaron con uil omne con
tra la uoluntad de la man-
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