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LIBER TERCIUS zen adulterio .xiij. De las personas que pueden accusar el adulterio .xiiij. Si el omne libre o el sieruo fiziere adulterio por fuerça con la manceba o con la bibda. xv. Si el omne libre o el sieruo non sabiendo lo el sennor o sabiendo lo faze adulterio con la sierua agena .xvi. de la sierua que faze adulterio por fuerça o de grado .xvij. De las putas libres o sieruas. e si el alcalde por negligencia nolas pesquiriere .xviij. Del fornicio de los sacerdotes e de los diaconos e de los clerigos∴ Si la mugier faze adulterio con casado o con soltero seyendo su marido en la tierra o fuera de la tierra .iª. ley∴ Si algun omne fiziere adulterio con la mugier agena por fuerça quier sea su marido en la tierra o non. e aquel que lo faze a fijos legitimos en otra mugier: este solo sea metudo en po der del marido desta mugier forçada. e sus cosas finquen a los fijos legitimos. e si non ouiere fijos legititimos que deuan auer sus cosas: este sea metudo en poder del marido de la mugier con todas sus cosas. e se uengue en el cuemo el quisiere. Mas si el adulterio fue fecho de uoluntad de la mugier: la mugier y el adulterador sean metudos en poder del marido por sieruos. e faga dellos lo que quisiere∴ Si la manceba o la bibda desposada faze adulterio .ijª. Ley. Si el pleyto fue fecho del casamiento que a

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