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TITVLVS QVARTVS de seer entrel esposo e la esposa o entre los padres dadas las arras assi cuemo es costumbre: el pleyto sea fecho ante testimonias. e depues la esposa quier sea manceba quier bibda fiziere adulterio o se desposare o casare con otro marido: ella y el adulterador o el ottro marido sean metidos en poder del primer marido por sieruos con todas sus cosas. E toda uia en tal manera si el adulterador o aquel esposo o aquel marido o la mugier non ouieren fijos legitimos. ca si los ouieren: todas sus co sas deuen seer de los fijos legitimos. Mas toda uia el adulterador o el marido o el esposo ela esposa: sean sieruos daquel con quien fue primera mientre esposada. e sea luego entrega do de sus arras e de quantol diera al esposa∴ De la mugier casada que faze adulterio .iijª. Ley. Si la mugier casada faze adulterio e no la prisieren con el adulterio: el marido la puede accusar antel alcalde por sennales e por presumciones. e por cosas que sean conuenibles. Esi pudiere seer mostrado el adulterio connocida mientre: la mugier y el adulterador sean metidos en poder del marido della assi cuemo es dicho en la ley de suso e faga dellos lo que quisiere∴ Si alguno mata los que fazen adulterio .iiijª. ley. Si el marido o el esposo mata la mugier y el adulterador: non pe-

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