RAE_54_Malpica_2_Page_151

RAE_54_Malpica_2_Page_151


Javascript seems to be turned off, or there was a communication error. Turn on Javascript for more display options.

TITVLVS QVARTVS se ayunte carnal mientre con ella. ca si lo fiziere: el marido non deue auer de las cosas della nenguna cosa. mas deuen lo auer los fijos legitimos della. e si non ouiere fijos legitimos: deuen lo auer los herederos mas propinquos della. E otro si esta ley mandamos guardar en aquellos que son desposados∴ De las personas que pueden accusar el adulterio .xiijª. ley. Si la ley non tormenta el mal que es fecho: los malos e los sandios non dexaran de fazer mal. E por que las mugeres que se despagan de sus maridos: muchas uezes fazen adulterio. e fazen sus maridos seer sandios por al gunas yerbas que les dan opor algun mal fecho. assi que maguera que ellos saben el adulterio de la mugier: no lo pueden accusar nin se pueden quitar de su amor della. y esto auemos aqui de guardar. que si aquella mugier y el marido an fijos legitimos: aquellos pueden accusar el adulterio de su madre assi cuemo el marido podria. E si non ouiere fijos o non son de tal edad que esto puedan complir: los parientes mas propinquos del marido lo pueden accusar. Que por auentura la mugier non mate el marido o la buena non se pierda a los fijos o alos propinquos. mietra que el adulterio non es uenga do. toda uia en tal manera que si el adulterio de la mugier pudiere seer prouado por ellos: los fijos

Descargar XMLDescargar texto