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LIBER TERCIVS
que ella gano depues que
fi
zo el adulterio. o los
propin
quos si fijos non ouiere :
ayan su buena depues
de su muerte. Mas si los
fijos non son de tal edad
que puedan accusar el
ad
ulterio de la madre: los
mas propinquos del
ma
rido que mostraren el
a
dulterio de la mugier:
deuen auer la quinta
par
te de la buena de la
mu
gier por su trabaio. e las
otras quatro partes ayan
los fijos. E si los propinquos
del marido o los fijos non
quisieren accusar el
adulte
rio por amor de la madre
o por don o por
negligen
cia: pues que el rey lo
sopi
ere: el deue por si
estable
cer quien siga este negocio.
e deue auer el quinto delas
cosas de la mugier aqueste
que siguiere este negocio por
su trabaio. Mas que el
adul
terio de la mugier graue
mientre puede seer prouado
por personas libres. por que
este peccado suele seer fecho
muchas uezes a escuso:
por ende mandamos que
quando se non pudiere
mos
trar por personas libres el
adulterio: aquellas personas
de suso dichas que accusan
el adulterio: fagan
deman
dar la uerdad por los
sier
uos e por las sieruas del
marido. e sean metidos a
question antel alcalde.
fas
ta que sea sabida la uerdad.
Ley antigua nueua mien
tre emendada.
Si el omne
libre o el sieruo fiziere
a
dulterio por fuerça con la
manceba o con la bibda .xiiijª.
Si algun omne fiziere
por fuerça fornicio
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