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TITVLVS QVINTVS
v. libras doro al rey. E si
por uentura no lo
pudie
ren uengar: digan lo al rey
que aquello que ellos non pueden
uengar: el rey lo uengue.
El rey don flauio rescindo∴
De los uarones e de las
mugieres que dexan los
pan
nos e la cercenadura de
la orden. Ley .iijª.
Por tanto nos deuemos
nos esforçar de toller
el mal daquellos que dexan el
habito de la orden. por que
cre
emos que dios nos abra mas
merced. ca si nos creemos
que el nos abra piedad si nos
emendaremos los peccados
que son menores. mucho mas
nos abra merced si nos
tol
lemos el peccado que es fecho
contra dios. E por ende nos
establecemos en esta ley que
qual quier omne que reciba el
ha
bito de la orden ela sancta
ser
cenadura. o sea lego o sea
clerigo. o si lo dieren los
pa
dres al monesterio e
depu
es tornar al mundo e
uis
quiere seglar mientre: sean
tornados a la orden assi
cu
emo mandan los decretos
e sean desfamados. e fagan
mas fuerte penitencia por
siempre en los
monesteri
os. Mas estos tiramos en
de los que salieron ende por
enganno dotri. o los que
tornaren a la orden por
su uoluntad: toda uia si
el marido non tomo otra
mugier. nin la mugier
ot
tro marido. E demas estos
tiramos ende que tomaron
la orden por dolor o por
grand enfermedad atal
que non sabien estonce si la
recibien. nin se menbrauan
si la pidian. Mas la
bue
na de los que dexan la or-
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