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LIBER TERCIVS
partir .iij. Qve los
espo
sados non se partan.
Si la mu
gier se parte de su marido
con derecho o con tuerto. .jª.
La mugier que fuere
de
xada de su marido:
nenguno non se case con
el
la si non sopiere que la dexo
cierta mientre por escripto
o por testimonio. e si lo
fi
zier: el sennor de la
cib
dad o el uicario o el
alcal
de depues que lo sopiere si
fueren personas que non
pue
dan constrennir que se
depar
tan: faga lo saber al rey.
E si fueren personas de
me
ior guisa: faga lo saber
al rey. E si fueren personas
de menor guisa: faga los
partir luego. assi que la
mu
gier que se caso contra la
uo
luntad del primero
mari
do en adulterio eaquel que la
tomo por mugier: sean
metidos en poder del
pri
mer marido. e faga dellos
lo que quisiere. Toda uia en
tal manera si non eran
par
tidos por iuyzio. o si el
ma
rido primero non se caso con
otra. e si el marido dexa
la mugier con tuerto: deue
la mugier auer las arras
quel diera. y el non deue auer
nada de las cosas de la
mugier. E si alguna cosa
le auie tomado o agenado:
todo lo entregue a la
mu
gier. esi la mugier seyendo
en poder del marido por
en
ganno o por arte le diere
la quarta parte dun dinero
al marido que la dexo: nol
uala. a un que gelo de por
escripto. Mas quanto diera
la mugier por aquel
escrip
to: todo deue tornar a ella
o al que la ouier en poder∴
Que los casados non se
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