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LIBER QVARTVS
fijos la parte que ella deuie
auer de la buena del
ma
rido sise non casasse∴
Que
la mugier non deue auer
nada de lo que gana el
ma
rido con los sieruos della.
Si el marido gana
al
guna cosa con los sier
uos de la mugier o en hu
este: la mugier non puede
demandar nada daquello.
ni en uida del marido. nin
depues de su muerte. Ca
el marido que a la mugier
en su poder segund la sancta
escriptura: otro si deue a
uer los sieruos della en su
poder. e otro si todas las
co
sas que con ella ganare se
yendo en hueste por tal
ra
zon. ca si los sieruos
mien
tre son en hueste con su sennor
fazen algun danno: aquel
sen
nor deue responder por el
los. Onde derecho es que
as
si cuemo a el danno: aya
la ganancia∴
De lo que ga
nan el marido e la
mugi
er seyendo casados .xviijª.
Qvando que quier que el
ma
rido sea noble si se
ca
sa con la mugier noble
cue
mo el e uiuiendo de so uno
ganan alguna cosa o
acres
cen. si alguno dellos era
mas rico que el otro de su
bu
ena ante que casassen: de
to
das las cosas que acrecieren
e ganaren en uno: tanto de
ue auer de mas en aquello
que ganaron en uno quanto
a
uie de mas del otro en su
buena. E assi que si las
bue
nas de ambos se semeian
eguales: por poca cosa non
tomen entencion. ca de du
ro pued seer que sean asmadas
tan egual mientre que non
se
mege que el una es mayor que
el otra en alguna cosa. Mas
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