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TITVLVS TERCIUS en lo al. E si algunas despesas fiziere por los negocios de los ermanos de lo suyo: muestre lo antel alcalde. e combre lo de lo de sus ermanos comunal mientre. E si el ermano non fuere de tal edad o de tal descrecion que deuan auer los otros hermanos en guarda: estonce el tio ermano del padre o el fijo del tio de ue auer la guarda dellos en tal manera cuemo dixiemos del ermano. E si el tio o el fijo del tio non es tal que lo deua auer: estonce el alcalde lo de a alguno de los otros parientes. E si la madre ouiere la guarda de los fijos o quien quier otri: faga escripto de todas las cosas que dexo su padre a los huerfanos ante tres testimonias o .v. presentes sus parientes. edelantre aquellos testimonios que son en el escripto: sea dado el escripto al obispo o algun sacerdot o aquien mandaren los parientes que lo den a los ninnos depues que fueren de edad complida. Esi algunas demandas fueren fechas contra los ninnos: aquel que fuere su de fendedor deue responder por ellos si quisiere. E si non lo quisier fazer: aquel que demanda deue seer entregado daquello que demanda por el alcalde. saluo el derecho de los ninnos. que lo demanden quando fueren de edad complida. E aquel que lo demanda si por iuyzio lo pudieren uencer los ninnos: deue entregar aquello que recibio con todos los fructos a los ninnos. e si fueren sieruos: entreguen les el

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