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LIBER QUINTUS
mo es dicho: sea
torna
do en seruidumbre daquel quel
franqueo. Mas aquellos non se
an tenudos por esta ley
los que fincaren en la tierra
por algun negocio del
man
dado del sennor o del rey o
del conde. o por otra cosa tal
que en nenguna manera non
pueden ir∴
Que los
franquea
dos non dexen sus sennores
que los franquearon e siruan
a otros .xxª. ley.
Muchas uezes uimos
que muchos franqueados
desampararon sus sennores
que los franqueauan. E por que
la uoluntad delectosa dellos
ueen el freno de la
seruidum
bre a largado: quieren seer
eguales con sus sennores e
de sus herederos. E por end
establecemos en esta ley que
todo omne franqueado o
fran
queada o sus fijos que dexan
sus sennores e sus fijos e
sus uisnietos o los de su
linage por arte o por algun
enganno: luego
manama
no sean tornados en
serui
dumbre. Mas los fijos
da
quellos que son franqueados que
dexan su sennor e passan aques
te termino: sean tornados en
seruidumbre con sus padres
mientre fueren uiuos∴
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