RAE_54_Malpica_2_Page_276

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LIBER SEXTUS mal con miedo de pena. lo que farien muchas uezes por su grado o pudiessen De los que matan sus padres e de sus cosas .xviª. Por que nengun omezillo que omne faze por su uoluntad non deue seer sin pena en esta nuestra ley aquel que mata su pariente: mas deue prender muerte que ottro omne. E por ende establescemos en esta ley. que todo omne que mata su padre. o su madre. o su ermano. o su ermana. o otro su propinco. si lo faz de su grado: el alcalde lo prenda man amano. e lo faga morir tal muerte qual el dio al ottro. E si el que fizo el omezillo es uaron o mugier si non ouiere fijos: toda su buena ayan sus parientes mas propincos del muerto. E si auie fijos dotro casamiento: la meetad de su buena ayan sus fijos. E la otra meetad ayan los fijos da quel aquien mato. toda uia si los fijos non fueron parcioneros en el peccado del padre. Ca si lo sopieron o gelo consintieron: non deuen auer nada dela buena del padre. mas deuen la auer los fijos daquel aquien el mato. E si aquel quien mato nin aquel que es muerto non an fijos: los parientes del muerto mas propincos que acusaren aquel que lo mato: deuen auer toda la buena daquel que lo mato∴ Ley antigua. De los que matan sus parientes .xvijª. Si el fijo mata al padre o el padre mata al fijo. o el marido ala mugi er. o la mugier al mari do. o la madre mata ala

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