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TITULUS QUINTUS
timonio. e sea metido en
poder daquel a qui enganno. esu
fra la pena que nos
estables
cimos a los que falsan los es
criptos. e esta misma
pe
na ayan los que quando quieren
desfazer su primer
escrip
to e fazen otro e dizen que es
primero e menguan la era
por dar aquellas cosas a
ot
tros non a los que las
compra
ron. e celan la uerdad.
On
de quando quier que fuer sabudo
que alguno faze tal enganno
etal falsedad. el que fiziere
la carta e aquel a qui fuere
fe
cha assi el uendedor cuemo
el comprador quel consentio:
sufran en sus cuerpos y
en sus aueres lo que de suso
establecimos. e la carta
fal
sa que dizien que era primera:
sea desfecha. ela que querien
desfazer: uala∴
De los
escriptos que son fechos que
dizen que eran fechos
depu
es e eran fechos ante .viijª.
Non es tuerto que aquel
que a la buena del
mu
erto: que pague la debda.
e por que el omne que faz el
en
ganno non deue auer
nen
guna escusacion: por end
establescemos por esta ley
que tod omne que da a otro
al
guna cosa por escripto e
que la cosa nunqua fue en
su poder. o tal cosa que auie
ante enpennada o dada
ante a otri. epor algun
enganno dio lo a este lo
que enpennara ante a otro
o lo que non era suyo. pues
que esto pudiere seer
proua
do si aquel que fizo este
engan
no es uiuo: deue pagar
la pena e quanto
prometi
era en el escripto por que lo
quiso desfazer. E si
depu
es de su muerte
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