RAE_54_Malpica_2_Page_304

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LIBER SEPTIMVS re seer prouado el enganno: sus herederos lo deuen todo pagar. E si aquello que prometio es mas que toda su buena: los que tienen la buena dexen la buena por emienda. si non quisieren pagar aquello. esi el muerto non ouiere herederos: todo lo que el prometiera den a aquel mismo a quien diera el muerto la cosa assi cuemo agora mandamos. E esto mismo mandamos guardar que si aquel a qui fuera la cosa enpennada o dada por escripto primera mientre sopiera el enganno: el que lo fizo el enganno y el que lo so po paguen egual mientre la pena que yazie en el primer escripto e quanto fuera prometido. e reciban en sus cuerpos y en sus cosas el danno que dize la ley de suso de los falsos∴ De los que escriuen las leyes del rey falsa mientre o las dan a otro que las escriua .ixª. Ley. Los males de algunos omnes nos fazen poner ley pora los que son de uenir. eque aquellos que non se quieren castigar por palabra: si al que non que se castiguen por la pena de la ley. E por que uimos ya algunos que escriuien leyes de rey falsa mientre. e que las allegauan falsa mientre o que las fazien escriuir a los notarios por las confir mar. onde metien muchas cosas en nuestras leyes y escriuien que non eran ordenadas pora nos nin eran conuenibles a nuestro pueblo nin prouechosas. e que fazien grand danno a nuestro

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