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LIBER OCTAUUS uentura el fuego quema otras casas: segund el danno que recibieron los sennores de las casas esegund la ualia delas casas: partan entre si la buena daquel que encendio el fuego. toda uia si ouiere en su buena complimiento. assi que si alguna cosa fincare depues que el sennor de la primera casa que fue encendida ouier su emienda. e que diga otro si cada uno dellos por su sagramiento lo que perdio. E si depues pudieren seer prouados que se periuraron: lo que leuaron demas pechen lo en duplo a aquel de quien lo leua ron. E quien enciende casa casa fuera de cibdad: entregue todo quanto se perdio en ella y el precio de la casa al sennor de la casa. y el sennor de la casa yure ante testimonios que non tome mas de lo que perdio. esi depues pudier seer prouado que demando mas que non perdiera: peche lo en duplo a aquel quel deue fazer la emienda. E si el fuego quemo otras casas derredor si alguna cosa fincare de su buena daquel que las quemo: deuen se entregar daquello que finco. e que yuren lo que perdieron delantre oomnes buenos que non demanden mas de lo que perdieron. e si se periuraren o iuraren mas: pechen lo en duplo. y el que encendio la casa: reciba .c. açotes. por castigamiento. e si non ouiere donde faga el emienda de suso dicha: sea dado por sieruo a aquel cuya era la casa. E si el sieruo

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