RAE_54_Malpica_2_Page_016

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En esta ley dize cuemo deuen seer esleydos los principes. e que las cosas que ellos ganan: deuen fincar al regno. Ca los reyes son dichos reyes por que regnan. y el regno es llamado regno por el rey. E assi cuemo los reyes son di chos reyes de regnar: assi el regno es dicho delos reyes. E assi cuemo el sacerdot es dicho de sacrificar: assi el rey es dicho de regnar piadosa mientre. Mas aquel non regna piadosa mientre: quien non guarda nunqua y el derecho. Onde faziendo derecho: el rey deue auer nombre de Rey e faziendo tuerto pierde nombre de rey. Onde los antigos dizen tal prouerbio. Rey seras si fizieres derecho. e si non fizieres derecho: non seras Rey. Onde el Rey deue auer uirtudes en si: mayor mientre iusticia e uerdad. Mas es loado el Rey por piadad: que por cada una destas. ca la iusticia a uerdad consigo desso. En el .viij°. conceio de toledo assi cuemo nos cuydamos asaz es contra dicho por el decimo conceio. E por esta ley del muy glorioso principe. e por este conceio presente a los malos fechos que entendiemos: que yuan contra piedad. e por los omnes que non quieren beuir mansa mientre o en paz. ca el sancto espiritu assi aspiro en los coraçones delos fieles. que por estas palabras fuesse tollida daqui a delantre toda uia la cobdicia de los coraçones delos omnes ca assi fue establecido en aquellos conceios. que por la piadad de nuestro sennor que omne

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