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gado. assi cuemo aquel que uiene contra la fe de los cristianos. E todos los Reyes que esta sen tencia crebantaren daqui a delantre o dexaren crebantar: sean condempnados ante nuestro sennor dios. El Rey don egica. Esta ley fizieron .Lxª. obispos. Daquellos que quebrantan los iuramentos. Assi cuemo la llaga que es grande en el cuerpo: non puede sanar si non por grandes melezinas o por fierro o por quemas. assi la maldad daquellos que son endurecidos non puede seer tollida: si non penados por mas graues sentencias. Ca maguera que nuestro sennor dixo. el padre non de ue morir por el peccado del fijo. nin el fijo por el peccado del padre. Mas cada uno deue morir por su peccado hy en otro logar dize el fijo non portara el peccado del padre. ni el padre el peccado del fijo. E por que los ombres son acostumbrados de crebantar el iuramiento que fazen o de conseiar muerte de sus principes. o de cuemo les fagan perder el regno: por que este mal non puede se er defendudo sin muy graue sentencia. Por ende establecemos en esta nuestra ley. que todo omne qual quier que sea ordenado que aya dignidad o non aya dignidad que conseiare muerte del principe en qual manera quiere. o que pierda el regno. o si asmare de fazer algun danno en su regno. o de toller la tierra por algun enganno o la gente: aquel que lo fizier e todo su poder todos pierdan la dignidad que ouieren. esean sieruos del Rey por siempre. Mas toda uia

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