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el nuestro principe muy glorioso e los otros Reyes que uinie ren despues del: ayan poder de auer piedad e misericordia daquellos que son fallados en este mal e son ya condempnados. e daquellos que lo asmaran de fazer daqui adelantre. Ca assi cuemo es dicho en esta ley todas sus cosas daquellos deuen seer en poder del principe. E por que el principe dio alguna daquellas cosas por su alma o por dios a pobres o a algunos omnes de su palacio. o a otri por su seruicio: mandamos y establecemos en esta ley que sus fijos daquellos que crebantaren el sacramento de su generation en nengun tiempo: no les fagan nenguna contraria sobre aquellas cosas nin afmen de ielas toller. E por end fiziemos esta sentencia tan cruel. que aquel que non teme su muerte: si al que non tema la muerte de sus fijos ede su generation. Esi por uentura algun Rey que a de uenir estos establecimientos desta nuestra constitucion non quisier guardar nin complir: toda la generacion del sea despreciada por siempre. e de mas pierda sus cosas e su ondra en este sieglo. e sea dampnado e penado con sus conpanneros en infierno. E por end si uos plaz a todos que sodes presentes: afirmad e atorgad esta nuestra sentencia. Estonce todos los obispos e los mayores de nuestra corte e todos los clerigos e tod el pueblo dixieron assi. Tod omne que quisiere uenir contra esta constitucion e contra el Rey: sea des-

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