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a su conpanna. nenguno non
asme de les fazer mal
afur
to nin en paladino. nenguno
non fable nin conseie de su
mu
erte. nenguno non conseie por que
pierdan el regno. o que sean
echados del Rey. Nin sus
fijas nenguno non asme de
echarlas del regno si non por
derecha culpa. en tal
mane
ra que la generacion del Rey
nenguna desondra non
reci
ba en su cuerpo nin nengun
dan
no en sus cosas. E algun Rey
o algun omne de orden contra
esta nuestra constitucion fiziere
algun danno a los fijos del
principe o asu muger sin
de
recho o los echare del regno.
o sintieren que sean echados sin
derecho o que pierdan sus
co
sas: sea descomulgado por
siempre e dannado en el iuyzio
perdurable. El Rey egica.
Es
ta ley fizieron .Lxª. obispos
en el .vij°. concilio de
tole
do∴
Del guarnecimiento de
la mugier del rey e de sus fijos.
Assi cuemo el nuestro muy
glorioso principe por el
amor de dios consigue los
enemigos de la fe que quieren
en muchas maneras
tras
tornar la creencia de los
cristianos: assi les da luego
pena qual deuen auer por
uen
gar el tuerto de sancta cruz. e
guardar en estado de la sancta
eglesia. e por defender la
gente ela tierra assi cuemo
era menester. Onde nos que
deuemos cobdiciar de
ren
der gualardon por estas
co
sas al nuestro principe.
estable
cemos en esta ley e defen
demos por la sancta trinidad a
todos aquellos que aqui son
pre
sentes e que son de uenir. que de
qual que quier orden que sean o de qual
quier gente. que si por auentura
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