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mientre siruen al principe e que fazen sus mandados e que lo deuen perder sus derechos del regno. nin su dignidad. nin sus cosas con derecho. hy esto mismo establecemos agora que el principe los ordene a los sus fieles assi como uiere que es menester en la tierra. faga les tanto de bien. por que ayan los otros que son deuenir en su poder. e que las cosas que ellos ganaron con derecho que las dexe en su poder dellos que las den asus fijos. o a quien quisieren. Esi algunos ouier que non sean fieles contra el Rey. o que non fagan por ende las cosas quel son acomendadas: sea en poder del Rey de fazer daquello cuemo quisiere. que grand tuerto es non connocer aquel por sennor que dios metyo por gouernador. Esi depues de la muerte del guardan a todo su poder: non principe alguno fuere fallado desta manera: pierda quantol diere el principe e quannto el ganara. e torne todo al regno. hy esta nuestra constitucion sea firme. E este nuestro decreto que nos todos fiziemos por el nuestro principe. por guardar fe e piedad e iusticia: comendamos a todos ante dios e ante sus angeles que lo guarden daqui adelatre e que lo cumplan eque lo defiendan que nenguno no lo crebante. E aquellos que lo despreciaren: la ira de dios uenga sobre ellos. e los que lo guardaren: ayan la misericordia de dios. e ayan paz perdurable: ela gloria celestial∴ A M E N∴

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